Cámaras de semáforo en las carreteras estatales
Señales de tráfico y señales
A partir del 2 de junio de 2019, según el HB 1631 de la 86ª Legislatura de Texas, las autoridades locales ya no pueden instalar ni operar sistemas fotográficos de control de semáforos, ni cámaras de semáforo en rojo, y está prohibido el uso de pruebas provenientes de sistemas fotográficos.
La nueva ley sí permite que los municipios con ordenanzas promulgadas antes del 7 de mayo de 2019, que firmaron un contrato para la administración y aplicación de un sistema fotográfico de control de semáforos, continúen operando el sistema bajo la ordenanza, el contrato y el Capítulo 707 del Código de Transporte de Texas hasta la fecha de expiración especificada en el contrato, siempre que el contrato no incluya cláusulas que permitan la rescisión, si los sistemas están prohibidos. Estos municipios deben seguir enviando los Informes Anuales Post-Activación a TxDOT según lo especificado en la sección sobre Informes Anuales Post-Activación que se encuentran más abajo.
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Informes Anuales Post-Activación; Obligatorio para todas las cámaras de semáforo en rojo
De acuerdo con la Sección 7 del Proyecto de Ley 1631 de la 86ª Legislatura, Sesión Ordinaria, los municipios que cumplan ciertos criterios pueden seguir operando sistemas fotográficos de control de semáforos. De acuerdo con el Código de Transporte § 707.004(d), cada municipio debe continuar recopilando y enviando a TxDOT informes anuales tras la instalación que muestren el número y tipo de accidentes que se han producido en la intersección.
Aquellos municipios que no cumplan los criterios contenidos en la Sección 7 del Proyecto de Ley 1631, Sesión Ordinaria de la 86ª Legislatura, ya no pueden implementar ni operar sistemas fotográficos de control del tráfico.
Requisitos del Informe Anual Post-Activación
- El plazo para todos los informes anuales será desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio del año en curso.
Nota: Si la cámara no estuvo activa durante los 12 meses completos "Tras el periodo de informe" del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026, el informe debe incluir los datos de fallo correspondientes a los meses posteriores a la activación durante este periodo. Por ejemplo, si la cámara se activó el 1 de octubre de 2025, el informe debería incluir datos de accidentes desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de junio de 2026. - Todas las ciudades con sistemas fotográficos de cumplimiento de semáforos activos en cualquier momento entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 deben presentar los informes finales posteriores a la activación.
- Es necesario completar y presentar un informe para cada intersección donde se instale una cámara fotográfica de cumplimiento de semáforos. La fecha límite para presentar los Informes Anuales Post-Activación correspondientes al periodo de informe del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026 es a las 17:00 horas del viernes 30 de octubre de 2026.